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0. Inicio
1. Definiciones
2. Trabajador
3. Mando
inmediato
4. UPRL-III-7
5. U.A.P.
6. Vigilancia de la Salud.
7. Documentos usuales.
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Casuística:
·
“in
itínere”.
·
AL (accidente laboral).
·
AB (accidente biológico).
·
Agresiones: sigue un procedimiento especifico.
Procedimiento:
1 El trabajador,
tras el accidente, acude inmediatamente:
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A Vigilancia de
la Salud (Medicina Preventiva)
en caso de accidente biológico (antes de
las 2 horas,
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y si no es
posible, siempre, antes de las 12 horas siguientes).
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A Urgencias en el
resto de
accidentes, e incluso en los accidentes biológicos cuando Vigilancia de la
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Salud no esté disponible, siendo
remitido
posteriormente a Vigilancia de la Salud para su seguimiento.
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A Facultativo del Cuadro Médico
correspondiente en caso de otros accidentes remitido por
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Vigilancia de la Salud (DOC0063).
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Una vez haya sido atendido, el
trabajador, o un representante en su caso, acudirá con el
Parte de
Asistencia o Lesiones emitido en el Servicio de Urgencias, o un
informe de Vigilancia de la Salud o de
Facultativo del Cuadro Médico específico, entregándoselo a su Cargo
Intermedio o siguiente en la escala de mando en su ausencia.
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